domingo, 17 de diciembre de 2017

DEBATE del hiyab

El artículo 16 de la Constitución Española en su apartado primero reconoce «la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley».
Mientras que el 14 destaca que «los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social».
Aunque la joven, que empezó las clases el pasado 8 de septiembre del grado superior de Turismo en el IES José Benlliure de Valencia, aboga por alcanzar una solución negociada. «He nacido en España y me han enseñado que los problemas se arreglan hablando, pero nadie puede impedir que practique mi religión».
Desde el inicio del curso hace ya más de una semana no ha podido acudir a las clases. «Me da rabia porque estoy en mi derecho a asistir y me lo impiden», explicó.
El día de la presentación acudió al centro con hiyab. Al acabar el acto el director la citó en su despacho y le explicó que no podía acudir al centro con hiyab. «Me indicó que tenía tres posibilidades. Abandonar el centro, quitarme el pañuelo o cambiar de instituto», aclaró. «Me dijo que no era una cuestión de discriminación religiosa, sino que lo prohibía el reglamento de funcionamiento del centro».
En el caso de la modalidad que estudia Tarak el centro más próximo se encuentra en la localidad de Mislata. Rejeb expió que es española y que ha pasado por varios centros públicos y en ninguno ha tenido dificultades para llevar el hiyab.
Ayuda de asociaciones
Tarak Rejeb acudió a distintas asociaciones en busca de ayuda. La denuncia aparece respaldada por SOS Racisme del País Valencià, que ha recibido la queja de la joven, compartida con otras organizaciones como Movimiento por la Intolerancia, Centro Cultural Islámico de Valencia y Plataforma contra la Islamofobia.
Según explicó la afectada, no es la primera ocasión en la que sucede un caso similar en este centro, ya que al parecer tres alumnas tuvieron el mismo problema, una tuvo que renunciar al pañuelo y las otras dos abandonaron el instituto. Este periódico trató ayer en varias ocasiones ponerse en comunicación con el director del centro educativo para conocer su posición sin recibir respuesta.
La Conselleria de Educación ha tomado cartas en el asunto y citó en su momento al director, que al parecer hasta el momento no ha dado su brazo a torcer.
Desde la administración educativa se explicó que el centro está aplicando de una manera restrictiva el reglamento, ya que la normativa se refiere más bien a que los alumnos no lleven gafas de sol, gorras o pañuelos que puedan impedir su identificación, «pero este es un caso de derechos fundamentales», explicó el abogado Francisco Solans de SOS Racisme.
En este sentido, los demandantes resaltan que el responsable del centro alegó «una interpretación literal y cerrada de un artículo del reglamento del centro que impide a los alumnos llevar nada en la cabeza». Sos Rascisme lamenta que «de nada ha servido» decirle al director que esa norma, «de rango menor, debe ser interpretada de forma adecuada y conforme a los derechos fundamentales de la persona, entre ellos los derechos a la libertad religiosa y de expresión», por lo que su negativa a admitir una interpretación flexible del reglamento se mantiene.
«Tiene una significación única y de expresión de identidad religiosa», argumentaron las organizaciones en un comunicado.
En cualquier caso, fuentes de Educación señalaron que están poniendo todos los medios para alcanzar una solución de consenso, aunque no parece fácil, ya que cada centro es autónomo en la interpretación del reglamento de funcionamiento interno.